Cuándo puede imponerse el reconocimiento médico a los trabajadores
Patricia Esteban comenta en Noticias Jurídicas una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que rechaza el recurso presentado por dos sindicatos que impugnaron la cláusula del convenio de trabajadores del parque móvil del Estado que obliga a pasar un reconocimiento periódico obligatorio a conductores y a quienes realizan trabajos en altura. La sentencia concluye que estos trabajadores no pueden negarse porque es una medida que garantiza la seguridad y salud en el medio laboral que afecta no solo al trabajador sino a terceros. Por tanto, como señala la autora, el derecho del trabajador a negarse a pasar el reconocimiento médico de la empresa termina donde empieza el riesgo grave para la vida, integridad y salud de terceros “que pueden verse afectados por la indolencia del trabajador renuente”.